Suroccidente.- Ayudas para la creación de empleo asalariado en el medio rural

  • Esta medida tiene como finalidad  la contratación de personas desempleadas por parte de empresas que, en el momento de la solicitud, no hayan tenido personal asalariado por cuenta ajena en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda o comunicación previa. 
  • El objeto de la ayuda es compensar parcialmente al empresario por los gastos en que debe incurrir para una primera contratación por cuenta ajena.  Entre ellos se encuentran algunos gastos corrientes como las cotizaciones a la Seguridad Social y el salario mínimo.
  • Se exigirá el mantenimiento del empleo durante un periodo de 2 años desde la fecha de alta y contrato  indefinido y a jornada completa.

 BENEFICIARIOS Y REQUISITOS

✅ Empresas que pueden optar a esta medida: Empresas que no hayan tenido personal asalariado por cuenta ajena en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda (o comunicación previa), 👉 En caso de que la solicitante tenga empresas vinculadas, todas ellas deberán cumplir este requisito.

✅ La persona que se va a contratar se encuentre en situación de desempleo en el momento de la solicitud de ayuda (o comunicación previa)

✅ La empresa deberá mantener la contratación durante 2 años desde el alta de la persona contratada.

✅La empresa deberá ejercer una actividad no excluida (ver Anexo II y criterios de selección del Grupo).

✅ La contratación deberá ser: Indefinida y a jornada completa

🚫 Restricciones a la contratación:
❌ No se admitirán contrataciones en las que haya una relación hasta segundo grado de parentesco entre la persona contratada y la persona beneficiaria (física).
❌ Esta restricción también se aplica a entidades y empresas vinculadas, respecto a quien administre o controle la empresa.

✅ El centro de trabajo deberá estar en el territorio del Grupo (Cangas del Narcea, Ibias o Degaña).

🔁 Sustitución de la persona trabajadora: En caso de baja (por despido procedente o baja voluntaria), la empresa deberá sustituir al trabajador/a en un plazo de 3 meses, contados desde el día siguiente a la baja, comunicándolo al GAL dentro de ese mismo periodo. 👉 El cómputo del periodo de mantenimiento se reanuda con la incorporación de la nueva persona trabajadora.

CUANTÍA DE LA AYUDA

💶 Importe de la ayuda. Podrá alcanzar hasta los 20.000 euros. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se valorarán aplicando los criterios de selección y con los siguientes umbrales: 

La ayuda es plurianual y el pago realizar en dos anualidades: 2025 y 2027

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS

🚫 Esta ayuda será incompatible con la percepción de cualquier otra subvención para el mismo puesto o contrato, durante el periodo de compromiso.

✅ Esta ayuda será compatible con el resto de medidas previstas en la EDLP, siempre que no se destinen a los mismos fines.

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R. Mera