La empresa minera CMC deberá abonar la diferencia del IPC real y el previsto del año 2010

Afecta a los trabajadores procedentes de la MSP que trabajan en Cerredo (Degaña)

Tras largas negociaciones sin acuerdo que llevaron el conflicto laboral hasta los juzgados, la empresa Coto Minero Cantábrico (CMC) deberá abonar a los trabajadores, en concepto de atrasos, la cantidad que resulte de la diferencia entre el IPC real y IPC previsto en el año 2010 de todas las mensualidades y pagas extraordinarias, además de al pago de las diferencias que sobre las mensualidades y pagas extras de 2011 resulten de dicha regularización.

Así se recoge en la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de 30 de marzo de 2012, sobre la demanda presentada por los sindicatos FITAG- UGT y CCOO contra la CMC sobre conflicto colectivo.
Conflicto que afecta a los trabajadores procedentes de la ya desaparecida Minero Siderúrgica de Ponferrada (MSP) que prestan sus servicios en la explotación de minería de interior que CMC — empresa resultante de la fusión en 2008 de MSP y Hullas del Coto Cortés— tiene en Cerredo (Asturias). Trabajadores que se rigen por el convenio colectivo de la empresa MSP firmado para el periodo 2006- 2010.
En ese convenio se establecía una cláusula de revisión según la cual la empresa abonaría el 100% de la diferencia entre el IPC real y el IPC previsto para cada uno de los años de vigencia del convenio. En 2010 el IPC previsto fue del 2% y el real de 3% pero la empresa, al finalizar la anualidad, no ajustó dicho incremento, es decir, el 1%.
Tras la fusión de MSP y Hullas de Coto Cortés, que dio lugar a CMC, el grueso de la minería de interior está en Cerredo. Así, CMC no tiene ninguna mina de interior en activo en Laciana.

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R. Mera

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