TINEO.- El Tribunal Supremo estima el recurso de casación sobre el precio de una finca expropiada para la estación de autobuses.

 

MERA.-Uno de los autobuses sale de la estación

El Ayuntamiento de Tineo ha recibido la sentencia de la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo por la que estima el recurso de casación número 3095/2011, interpuesto por la representación del Ayuntamiento de Tineo contra la sentencia de 11 de abril de 2011 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias sobre justiprecio de la finca número 3 expropiada para la construcción de la estación de autobuses.

El fallo del Tribunal Supremo anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y obliga a fijar un nuevo justiprecio para la finca expropiada tomando como referencia el valor en venta de las viviendas colectivas en Tineo en el año 2005, si fuera posible su acreditación, o bien partiendo del precio de venta de las viviendas de protección oficial. En cualquier caso, el justiprecio resultante no podrá ser inferior al fijado en el acuerdo del Jurado de Expropiación Forzosa del Principado de Asturias del año 2009.

Esta es la segunda sentencia emitida por el Tribunal Supremo sobre la valoración realizada por el TSJA para las 6 fincas expropiadas para la construcción de la estación de autobuses de Tineo. El Ayuntamiento recurrió ante el Supremo la valoración de tres de ellas, mientras que tuvo que acometer el pago de otras tres en la cuantía fijada por el TSJA al no alcanzar una cuantía suficiente para que fuera aceptado un recurso en el Supremo.

El alcalde de Tineo, José Ramón Feito, entiende que “la valoración del terreno por el método señalado por el Supremo dará un resultado similar al del Jurado de Expropiación, y no parece que el Ayuntamiento vaya a tener que hacer nuevos pagos por esta finca”. El alcalde valora “muy injusto que, por tener una cuantía menor, no hayamos podido recurrir el precio que el TSJA estableció para las otras tres fincas, unas siete veces y media superior al fijado por el Jurado de Expropiación y que el Supremo ha dejado claro que es desorbitado. Son dos sentencias favorables al Ayuntamiento y la tercera que está en recurso acabará por tener la misma solución, en línea con los criterios que siempre defendimos desde el Ayuntamiento”.

 

 

.Comparte en tus redes sociales
Share on Facebook
Facebook
Tweet about this on Twitter
Twitter
Share on LinkedIn
Linkedin
Pin on Pinterest
Pinterest
Share on Tumblr
Tumblr

R. Mera

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.