CANGAS DEL NARCEA.- Policías Locales:Una sentencia controvertida con varapalos para los alcaldes y la Guardia Civil

CANGAS DEL NARCEA.- Policías Locales:Una sentencia controvertida con varapalos para los alcaldes y la Guardia Civil

Un mucho de sorpresa, un largo de incredulidad, un tanto de asombro y diversos apuntes de cabreo, amén de algún que otro aplauso, tuvieron lugar en Cangas al conocerse que el jurado popular constituido en la Audiencia de Oviedo había absuelto a Gonzalo Azkárate, agente de la Policía Local canguesa y al jefe de la misma, procesados por malversación de caudales públicos, falsedad documental y fraude. En el caso de Azkárate, y simplificando, por cobra durante una serie de años sin acudir al trabajo

Pero quizás lo que de alguna manera ha encabronado a gran parte del personal de a pie, conocedores de lo que ocurría en el ayuntamiento cangués desde hace muchos años por haberlo vivido en primera persona, han sido las declaraciones del abogado de la defensa señalando que los miembros del jurado “han demostrado mucha madurez democrática” y que ambos policías han quedado absueltos porque “la Guardia Civil no acreditó la acusación”, basándose en enrevesado argumentos  procesales, documentales y temporales. Argumentó también el citado abogado que “todos los alcaldes anteriores de Cangas del Narcea conocían y toleraban la situación de este policía local”. Y añade que “no se pudo acreditar que no asistía al trabajo al no existir control de huella digital en el Consistorio”. Algo, agrego yo, que no solo sucedía en este consistorio sino en ninguna empresa, mineras incluidas, de la zona, ni en la práctica mayoría de los ayuntamientos asturianos lo que, en lo privado y en lo público, no fue óbice alguno para que los trabajadores acudieran a su puesto cada mañana.

En su última intervención, Azkárate, acusado de cobrar 120.000 euros sin ir a trabajar, declaró que su denuncia era por cuestiones políticas, precisando que “todo era una represalia del exalcalde José Luis Fontaniella” (PP) por haberse “opuesto a la orden de multar más para ingresar medio millón más de euros”.

No voy a entrar yo, líbreme Dios, en análisis de lo que la Ley determina o jueces y abogados interpretan. Ya lo dijo aquel filósofo: “Hay cosas que la Justicia no condena y que a la razón repugnan”. Ni tampoco entraré a estas alturas en las múltiples connotaciones políticas y profesionales, que también las hay, en el contencioso establecido entre diversos sectores en la casa consistorial que arrancan allá por los ochenta enconándose y enquistándose con el paso de los años, y a cuyos aconteceres acudirán justificando posturas unos u otros, según convenga a su intereses o simpatías en cada caso y momento. Así será, pero ya saben que todo lo que es, es; y lo que ocurrió, ocurrió; cuéntese como se quiera o justifíquese como a cada cual convenga o sea el lugar en que se argumente, caso de los juzgados con sus leyes y argumentos y procedimientos que cada abogado adecúa a sus intereses y que puede llevarnos a que una misma cosa sea buena y mala al mismo tiempo. Todo ello presuntamente, faltaría más.

En el caso que comentamos, el jurado se mostró muy duro con la Guardia Civil y con el Ayuntamiento de Cangas. Ya que, argumentaron, “la investigación llevada a cabo por la Guardia Civil no ha aportado datos suficientes para sostener un veredicto de culpabilidad”. Además, las declaraciones de los testigos (policías locales y exalcaldes de Cangas) han sido “contradictorias“.  Y digo yo, si han sido contradictorias alguien mintió siendo testigo.

Deduzco en mi cortedad que el jurado no determina si Azkárate acudía o no al trabajo, pero atisbo que no lo hizo cuando vienen a bendecir su actuación señalando que “Azkárate se benefició de la situación de descontrol y mala gestión del Ayuntamiento de Cangas del Narcea”. Se benefició, dicen; y no creo necesario determinar aquí el significad de “beneficio”.

Y remata resaltando que “los hechos fueron consentidos por los anteriores alcaldes”. Eso es

Azkárate en un acto federativo

totalmente cierto. Y vuelvo a deducir desde la lógica del aldeano, no desde la de abogados y jueces: si señalan que “los hechos fueron consentidos”, vienen a admitir que los tales existieron, ¿o no? .Y entonces ¿serán los alcaldes los que tendrán que resarcir el dinero a las arcas municipales?

Me quedaré en la lógica del día a día y en lo que el sentido común señala y que algunos como yo, y como corresponsal de prensa que fui durante cerca de cuarenta años, vivimos y comprobamos en directo. Y como según el Jurado, ni tan siquiera los informes de la Guardia Civil les han convencido de que estas ausencias existieron durante el periodo juzgado, ni de que el acusado no podía estar a la vez en dos sitios distintos y distantes al mismo tiempo, ya que se desestimó el informe con argumentos legales sobre grapado de videos y papeles o si lo hicieron en tiempo o fuera de tiempo, ya me dirán como lo lograrán los contribuyentes de a pie. Silencio y a continuar andando.

Ahora será la magistrada de la Audiencia Provincial quien redacte la sentencia con los motivos esgrimidos por los nueve miembros del jurado, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Los alcaldes, el actual y los que fueron, y la fiscalía tienen la palabra

 

 

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R. Mera

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