ALLANDE.- Los vecinos tenían razón: los montes son suyos

 La Audiencia Provincial ha dado la razón a vecinos de Allande que reclamaban la propiedad del terreno en el que se asientan 19 aerogeneradores del parque `Sierra de los Lagos´

La Audiencia Provincial de Oviedo ha emitido sentencia  en la que se señala que  el suelo donde se asientan 19 aerogeneradores de los 59 que integran en total el denominado “Parque Eólico de la Sierra de los Lagos- Allande”, pertenece a 20 vecinos de los pueblos de Lomes, L’Outeiro y Tarallé , quienes percibirán el canon devengado por dicha ocupación desde el día 8 de octubre de 2003 hasta la actualidad, con sus correspondientes intereses legales desde entonces, y el que se devengue en lo sucesivo.

El letrado cangués Mario Gómez, a través de su despacho, defendió a estos vecinos, y señala que  la reclamación se remonta al año 2000 cuando, al tener conocimiento de que el Ayuntamiento de Allande y el Principado de Asturias tenían prevista la construcción en la zona de un parque eólico, estos vecinos iniciaron sus primeras reclamaciones.

El conflicto se suscitó porque dichas Administraciones entendían que el terreno en el que se ubicaron estos 19 aerogeneradores formaba parte del Monte de Utilidad Pública nº 317 del Catálogo, denominado “Sierras Vidajerón, Fonterroxa e Iboyo” y declarado como tal en el año 1901, en tanto que los vecinos consideraban que pertenecía a la finca privada “Braña de Soutiel”, inscrita nada menos que en el año 1871 en el Registro de la Propiedad de Tineo.

Mario Gómez

Gómez subraya lo complejo del proceso, ya que lo primero que hubo que hacer fue actualizar sus títulos de propiedad. Luego, al no poder acceder dichos títulos directamente al citado Registro de la Propiedad, se vieron obligados a promover ante el Juzgado de Primera Instancia de Tineo un Expediente de Dominio, para que fuese el Juez quien ordenara su inscripción, pretensión que fue rechazada. Pero su interés y perseverancia los llevó a recurrir esta decisión ante la Audiencia Provincial de Oviedo quien en el año 2010 la revocó y ordenó la ansiada inscripción a su favor.

Tras esto, promovieron el correspondiente Juicio Ordinario contra el Ayuntamiento de Allande y el Principado de Asturias, que fue turnado al Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Oviedo, recayendo favorable a sus pretensiones, Resolución esta que fue recurrida por el Ayuntamiento de Allande ante la Audiencia Provincial de Oviedo quien acaba de dictar la mencionada Sentencia confirmando la anterior en todos sus términos.

Con este reconocimiento se generan para estos vecinos el percibo de una importante cantidad de dinero, en concepto de atrasos, y garantiza el cobro para el futuro del canon temporal de ocupación.

 

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R. Mera

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