¿Tienen perros en casa o en el monte?: pues a estudiar y a pagar

¿Tienen perros en casa o en el monte?: pues a estudiar y a pagar

Hace tan solo unos meses les hablaba yo aquí de un proyecto de Ley llamado “de bienestar animal” que el gobierno andaba tramitando; que se pusiesen en guardia. Pues bien ya está aquí. Átense los machos vaqueiros, pastores y dueños de perros en aldeas, pueblos o ciudades. Y digo perros como bien pudieran ser gatos o cualquiera otra mascota.

“Los dueños de perros tendrán que demostrar que sus mascotas son sociables”

 Esta es su prima píldora: “Los dueños de perros tendrán que demostrar que sus mascotas son sociables”. ¡Cómo debe de ser!, agrego yo. ¿O es que van a permitir los burócratas  de guardia que el pastor alemán o el mastín bajen al pueblo y pasen sin saludar al pescadero que llega o a la vecina que, bolsa en mano, se dirige a la compra? De ninguna manera.

Y para eso se hace esta Ley. Y si en un principio se pedía que las personas que tengan un perro, sea en casa, en la cuadra o en el monte, o quieran tenerlo, tienen la obligación de acreditar el haber realizado un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida, menos mal; pues ahora se añade otro curso más. ¿Qué cual? Yo se lo digo: uno que deberá hacer el dueño ¡junto con el perro!, es decir ambos dos, para, abro comillas, “saber desenvolverse en el ámbito social” cierro comillas, como al principio les decía. Pero hay más: los dueños de los canes deberán “contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que además, deberá incluir en su cobertura  a las personas responsables del animal y por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos que puedan surgir. ¡Vayan preparando la cartera! Lo que no coligo es si en esos señalados daños a terceros se incluyen el lobo, el oso o cualquier otra alimaña que ataque al ganado. Quizás también vacas y ovejas por si el aquel.

Y sigue la burocrática, modernísima y progresista Ley señalando que cuando se cause la muerte intencionada por maltrato a un animal vertebrado se impondrá la pena de prisión de hasta dos años o multa de 18 a 24 meses. Y también se penalizarán duramente las lesiones, y aquí me quedo un tanto descolocado, “incluidas las derivadas de la violencia de género”. Y ese “vertebrados” incluye también a los animales en libertad y asilvestrados. Eso sí se excluyen los espectáculos taurinos

Y también será usted duramente penalizado si deja a sus perros  sin supervisión más de veinticuatro horas consecutivas. Así que nada de dejar al mastín en el monte. Habrá de llevárselo a casa y que duerma a los pies de la cama junto al gato.

Y como diría mi amigo Azcárate “A con eso ya con todo alons”

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R. Mera