SUROCCIDENTE.-Ayudas para la creación de empleo autónomo en el medio rural

  • Esta medida tiene como finalidad la puesta en marcha de una nueva empresa en el ámbito rural, por parte de personas desempleadas (en elmomento de la solicitud de la ayuda o comunicación previa) y en la que al menos se genere su puesto de trabajo.
  • El objeto de la ayuda es compensar al empresario autónomo por determinados gastos en los que necesariamente ha de incurrir para la creación y puesta en marcha de la empresa. Entre ellos se encuentran algunos gastos corrientes del ejercicio (cotización a la Seguridad Social), así como garantizarle unos ingresos mínimos durante los primeros años de actividad, con el fin último de contribuir a la sostenibilidad de la empresa y su mantenimiento en el tiempo.
  • Se exigirá el mantenimiento del empleo durante un período de 5 años desde el alta como autónomo.

BENEFICIARIAS Y REQUISITOS

✅ Ser persona física desempleada menor de 65 años en el momento de la solicitud de la ayuda (o, en su caso, de la comunicación previa).

✅ No haber estado dada de alta como autónoma en la misma actividad por la que solicita la ayuda en los últimos 3 años. 👉 No computará haber estado de alta como colaborador/a autónomo/a.

✅ Generar su propio puesto de trabajo, bajo una de las siguientes formas:

  • Empresario/a autónomo/a a título individual.
  • Autónomo/a societario/a que se incorpora como socio/a a una cooperativa de trabajo asociado o a una sociedad laboral, ambas de nueva creación. 👉 Solo se subvencionará a una persona por cooperativa o sociedad laboral, según lo que establezca la convocatoria.

✅ Mantener la actividad empresarial durante al menos 5 años, desde la fecha de alta como autónomo/a.

✅ Dedicarse en exclusiva a las actividades previstas en el Plan Empresarial.👉 Se podrá ampliar o modificar la declaración censal, siempre dentro de la misma actividad, y notificándolo al GAL dentro del plazo establecido para justificar el primer pago tras dicha modificación.

✅ No haber percibido ni cobrado ayudas LEADER – Tique Rural, ni en el actual periodo de programación ni en los anteriores.

CUANTÍA DE LA AYUDA

 Importe de la ayuda. Podrá alcanzar hasta los 50.000 euros. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.  Prioridad 1. Actividades de fabricación, industria, transformación, comercio, restauración, alojamiento turístico, guías de turismo, turismo activo, artesanía, servicios a la población local, servicios agrícolas y forestales y actividades del ámbito sanitario, técnico y tecnológico; conforme se delimita en el Anexo Prioridades  Actividades Económicas.25
Prioridad 2. Actividades empresariales de construcción, servicios y otras actividades empresariales y profesionales, conforme se delimita en el Anexo Prioridades Actividades Económicas.20
Prioridad 3. El resto de actividades no contempladas con anterioridad.0
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R. Mera