DEGAÑA.- El Supremos rebaja en 10 años la condena por el triple crimen de Degaña

Internet.-Lugar de los hechos
Internet.-Lugar de los hechos

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo  ha rebajado en diez años la condena impuesta al autor del triple crimen de Degaña,(Asturias) el vecino de Caboalles de Abajo (León)  José Manuel Álvarez Fernández, que el 23 de mayo de 2011 mató a cuchilladas a la pareja de su exmujer, así como al padre y el hermano de ésta. De igual forma causó heridas de carácter grave a su excónyuge y también a la madre de ésta.

Los hechos fueron juzgados en la Audiencia Provincial de Oviedo a principios de año y se condenó a Álvarez  a penas que sumaban en conjunto 89 años de prisión, estableciendo en 40 años el máximo cumplimiento efectivo de la condena. La defensa recurrió ante el Supremo que  resolvió el 24 de septiembre con una disminución de los años que impuso la Audiencia Asturiana a 30, al considerar que la sala de instancia no tuvo en cuenta “la diferente tipificación de los delitos en concurrencia al establecer las penas”.

 La condena consideraba al acusado responsable de un delito consumado de asesinato, otro de intento de asesinato, dos homicidios consumados y un tercero intentado. A éstos se sumaban los delitos de allanamiento de morada y atentado a la agentes de la Guardia Civil. A éstos se suman otras penas accesorias y más de un millón de euros en indemnizaciones por responsabilidad civil.

El Supremo no atiende  otros argumentos de la defensa como la inexistencia de ensañamiento, las eximentes de enajenación mental, miedo insuperable e incluso legítima defensa.

TPA.- José Manuel Álvarez
TPA.- José Manuel Álvarez

La Audiencia de Oviedo estableció cuarenta años de cumplimiento efectivo de pena al partir “de que dos delitos  por los que se produjo la condena estaban conminados con una pena de prisión superior a veinte años” y, por tanto, en aplicación del Código Penal, corresponde fijar en cuarenta años la privación de libertad. Pero la pregunta es, argumenta el Supremo, “si puede decirse lo mismo cuando, como en el supuesto a examen, uno de ellos se valoró como intentado”. Se produce entonces, sigue el argumento, que al asesinato en grado de tentativa corresponde una pena de 5 a 20 años de prisión, motivo por el que el cumplimiento efectivo se fija en 30 años.

A raíz de ello, la Fiscalía sugiere la corrección de las penas de ”los delitos intentados de homicidio y asesinato” de los que se encontró culpable al leonés, de manera que se penan con 10 años menos un día y 20 años menos un día respectivamente, cuando en la sentencia de la Audiencia de Oviedo se fijaban en 10 y 20 años . “Se trata de una petición legalmente fundada, que, además, aunque sea de forma puramente simbólica, beneficia al condenado, de modo que asimismo debe acogerse”.

El  homicida arrancó la vida a Jorge Marqués, que  era novio de su ex mujer, Silvia Brugos. También la del padre de ésta, Manuel Ángel Brugos Álvarez, de 61 años, y la del hermano de Silvia, Roberto Brugos, de sólo 33 años. A Silvia y a su madre, Alicia Rodríguez, les provocó numerosas heridas, pero ambas salvaron la vida. Y todo ello, en presencia de sus dos hijos, de seis y once años, Sergio y Marta.

Su huida duró poco, ya que la Guardia Civil lo detenía sólo unas horas después en el berciano municipio de Toreno.

 

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R. Mera

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