CANGAS DEL NARCEA.- Si está usted imputado considérese culpable

 

MERA.- Juzgado de Cangas
MERA.- Juzgado de Cangas

Cada vez en más ocasiones, la repetición de determinados vocablos, sobre todo en determinadas cadenas de televisión, terminan cambiando su inicial significado. Un día de estos me paró un, para mí, muy conocido treintañero cangués:

-Oye Mera, ¿es verdad que Puerto (concejal y arquitecto) está detenido en el juzgado?

-¡Qué dices! Que yo sepa está tranquilamente es su casa.

-¡Coña¡ pues acabo de oír en la radio que está imputado, por eso te lo digo.  Si está imputado es que ya la armó, metería la mano.

 Le expliqué la situación pero me quedé preocupado. Intuía que el problema estaba en el imputado. Para salir de dudas, a la hora del café de media mañana, tiré la caña entre unos contertulios ociosos. Mi intuición quedó confirmada. Todos, absolutamente todos, asociaron imputado a culpable. No ya tan siquiera acusado, no, directamente culpable. Por el aquel de contrastar aún más mi intuición volví a sacar el tema entre algunos clientes del medio día, habituales del bar al que suelo acudir, y muy dados a analizar la situación política a cualquier nivel. Lo mismo. Para ellos, en una asimilación refleja de ideas, imputado tenía el mismo significado que culpable. Entendí por lo que tenía que estar pasando el concejal Puerto y algunos más en determinadas circunstancias.

Simplificando la situación y para entendernos (dejemos a juristas y abogados con su peculiar terminología): En un principio teníamos acusados, testigos, inocentes y culpables. Todo muy fácil. También decíamos que Juan o Pedro estaban siendo investigados. Pero la cosa se fue liando y aparecían complicados procesos en los que se veían envueltos personas (generalmente con carácter más o menso público) que no podía declarar al no estar incluidos en el mismo y, paralelamente, determinadas tertulias de carácter político o simplemente de cotilleos entran a saco a opinar y generalmente a condenar sin más. La llamada también “pena de telediario”.

En este ambiente surge el vocablo. La condición de imputado aparece como garantía jurídica y, curiosamente, el contexto social ha acabado convirtiéndola en una condena anticipada, principalmente de carácter moral.

Para la inmensa mayoría un imputado ya no es tan siquiera un sospechoso, sino un delincuente, un corrupto o un ladrón sin más. La presunción de inocencia ha desaparecido y el que en tal situación se encuentra pierde todo crédito personal y social aunque posteriormente salga absuelto y con todos los predicamentos a su favor. Políticamente, e incluso socialmente, está muerto.

Ante esta situación comienza a aparecer el término “preimputado”, pero lo cierto es que de un sencillo trámite de carácter preventivo que permite la declaración con presencia de abogado, como es la imputación provisional, se sale condenado por “el pueblo”. Y más allá aún están llegando los propios partidos políticos que en cuando  imputan a alguien de otro partido piden inmediatamente su expulsión mientras que piden la presunción de inocencia si el imputado es de los suyos.

Se está llegando a tal extremo de hipersensiblización al respecto que los jueces (o determinados jueces) llaman rápidamente como imputado a quien, seguramente, no pasa de ser un aludido en determinado caso.

Cosas veredes

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R. Mera

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