CANGAS DEL NARCEA.- Condenan a un empresario cangués por el accidente laboral de un trabajador

Camión basculante
Camión basculante

 Según señalaba en el día de ayer la Agencia EFE, un empresario acusado por un accidente laboral ocurrido en Cangas del Narcea en mayo de 2011, con un trabajador herido, ha aceptado una pena de un año de prisión y el pago de indemnizaciones por valor de 152.190 euros. El reconocimiento de los hechos por parte del acusado evitó el desarrollo de  la vista oral que estaba señalada en el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo.

El accidente se produjo sobre las 18 horas del 24 de mayo de 2011 cuando un conductor, con una antigüedad en el puesto de trabajo de 19 meses, transportaba en un camión con remolque basculante 26 toneladas de árido, con destino a la carretera AS-212, en Fondos de Villa (Cangas del Narcea). La causa del accidente se debió a que el basculante, al bajar, hizo contacto con el cable de alta tensión y se produjo un arco eléctrico que alcanzó al trabajador, causándole múltiples quemaduras en el tórax y ambas extremidades superiores e inferiores, y contusión parieto-occipital derecha.

Tardó en curar 489 días, de los que estuvo ingresado 39 y le han quedado como secuelas, entre otras, amputación de un dedo de la mano izquierda, amputación de un dedo del pie derecho, además de haber sido declarado incapaz permanente total para su profesión habitual.

La Fiscalía señala que el acusado, administrador único y socio mayoritario de la empresa para la que trabajaba el herido, máximo responsable en materia de prevención de riesgos laborales y jefe directo de sus trabajadores, permitía la realización de las tareas pese a conocer que sus empleados carecían de formación e información preventiva.

Además, apunta que conocía que se estaban incumpliendo las directrices de la evaluación de riesgos elaborada por la mutua, que no se efectuaban estudios de viabilidad en los trabajos en proximidad de líneas de alta tensión y que no se comprobaban previamente las características de los lugares en los que se efectuaban los trabajos.

El acusado ha asumido un delito contra la vida y salud de los trabajadores y un delito de lesiones imprudentes. El empresario tendrá que abonar una indemnización al trabajador herido de 127.567 euro y 24.623 euros a la mutua que se hizo cargo de los gastos de la asistencia médica prestada a la víctima, de las que responderá de forma directa la aseguradora de la empresa y, subsidiariamente, la propia entidad. Al ser de conformidad, la sentencia del Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo se redactará en estos mismos términos.

 

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R. Mera

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